Si un familiar falleció y dejó una propiedad, lo primero que necesitas hacer es tramitar la posesión efectiva. Sin este trámite, no puedes vender, arrendar, hipotecar ni transferir el inmueble heredado. Es el paso legal que reconoce oficialmente quiénes son los herederos y les permite actuar sobre los bienes del fallecido.
La posesión efectiva es el trámite que reconoce oficialmente quiénes son los herederos de una persona fallecida y qué bienes dejó. Si no hay testamento, se pide en el Registro Civil, en línea con ClaveÚnica o en una oficina, y es gratuita cuando los bienes no superan las 15 UTA. Si hay testamento, se tramita ante un tribunal con abogado.
La buena noticia: en Chile, la posesión efectiva para herencias sin testamento se puede tramitar online a través del Registro Civil, y es gratuita si los bienes de la herencia suman hasta 15 UTA; sobre ese monto se paga un arancel. En esta guía te explicamos el proceso completo, los documentos necesarios, los costos reales y los errores más comunes que debes evitar.
¿Qué es la posesión efectiva y por qué es obligatoria?
La posesión efectiva es una resolución administrativa o judicial que declara quiénes son los herederos de una persona fallecida y los bienes que componen la herencia. Está regulada por el artículo 688 del Código Civil chileno y la Ley 19.903.
Sin posesión efectiva, no puedes:
- Vender la propiedad heredada.
- Arrendarla formalmente a tu nombre.
- Hipotecarla para obtener un crédito.
- Inscribirla en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) a nombre de los herederos.
- Realizar ningún acto de disposición sobre el inmueble.
En términos simples: mientras no tengas la posesión efectiva inscrita, la propiedad queda «congelada» legalmente.
Diferencia con la inscripción especial de herencia
La posesión efectiva y la inscripción especial de herencia son dos trámites diferentes, ambos necesarios:
| Trámite | Qué hace | Dónde |
|---|---|---|
| Posesión efectiva | Declara quiénes son los herederos y qué bienes hay | Registro Civil o Tribunal |
| Inscripción especial de herencia | Transfiere formalmente el dominio a los herederos en el CBR | Conservador de Bienes Raíces |
Primero va la posesión efectiva. Después, con esa resolución en mano, se solicita la inscripción especial de herencia en el CBR.
¿Dónde se tramita? Registro Civil vs Tribunal
Registro Civil (herencia intestada — sin testamento)
Si el fallecido no dejó testamento, la posesión efectiva se tramita en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Desde la Ley 19.903, este trámite se puede hacer completamente online.
Ventajas:
– Gratuito hasta 15 UTA de bienes; sobre ese monto, arancel de 1,6 UTM (hasta 45 UTA) o 2,5 UTM (más de 45 UTA).
– Trámite online en registrocivil.cl.
– No necesitas abogado.
Requisitos:
– El fallecido no dejó testamento y su último domicilio estaba en Chile.
– Todos los herederos están identificados.
– Los bienes del causante están declarados.
Tribunal Civil (herencia testada — con testamento)
Si existe un testamento, o si el último domicilio del fallecido estaba en el extranjero, la posesión efectiva debe tramitarse ante un Juzgado Civil.
Características:
– Requiere patrocinio de abogado.
– El plazo depende del tribunal.
– Los honorarios del abogado se acuerdan con cada profesional. Si no puedes pagar uno, puedes pedir orientación y asesoría jurídica gratuita en la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), si cumples sus requisitos.
Documentos necesarios para la posesión efectiva
Reunir la documentación correcta es el paso más importante antes de iniciar el trámite. Un documento faltante puede retrasar todo el proceso.
Qué exige el Registro Civil: para la posesión efectiva intestada solo se pide la cédula de identidad de quien hace la solicitud (y el formulario, si la haces en una oficina). Solo se piden documentos adicionales en casos excepcionales, por ejemplo herederos cuyo nacimiento o matrimonio no está inscrito en Chile, poder notarial, cesión de derechos hereditarios o deudas que se quieran declarar. Los certificados de las tablas siguientes te sirven para armar el inventario y para los trámites posteriores (SII y Conservador), pero no son requisito de la solicitud.
Documentos del causante (fallecido)
| Documento | Dónde obtenerlo | Costo |
|---|---|---|
| Certificado de defunción | Registro Civil (online o presencial) | Gratuito online |
| Certificado de nacimiento | Registro Civil | Gratuito online |
| Certificado de matrimonio (si era casado) | Registro Civil | Gratuito online |
Documentos de los herederos
| Documento | Dónde obtenerlo | Costo |
|---|---|---|
| Certificados de nacimiento de cada heredero | Registro Civil | Gratuito online |
| Cédulas de identidad vigentes | — | — |
| Certificado de matrimonio (de herederos casados) | Registro Civil | Gratuito online |
Documentos de la propiedad
| Documento | Dónde obtenerlo | Costo |
|---|---|---|
| Certificado de dominio vigente | Conservador de Bienes Raíces | Según el arancel de tu Conservador |
| Certificado de avalúo fiscal | SII (sii.cl) | Gratuito online |
| Certificado de hipotecas y gravámenes | CBR | Según el arancel de tu Conservador |
Otros documentos según el caso
- Testamento (si existe): Copia autorizada ante notario.
- Poder notarial (si un heredero no puede comparecer personalmente).
- Certificado de convivencia civil (si aplica, en reemplazo del matrimonio).
Consejo práctico: Antes de iniciar el trámite, junta todos los certificados. El sistema del Registro Civil te permite ingresar los datos y avanzar, pero si falta algo, deberás completar la información después y eso retrasa la resolución.
Paso a paso: Trámite en Registro Civil (intestada)
Este es el procedimiento para herencias sin testamento, que es el más común en Chile.
Paso 1 — Ingresar a registrocivil.cl
Accede al portal del Registro Civil con tu ClaveÚnica. El trámite se llama «Solicitud de Posesión Efectiva» y está en la sección de trámites en línea.
Necesitas tener ClaveÚnica activa. Si no la tienes, puedes obtenerla presencialmente en cualquier oficina del Registro Civil o en ChileAtiende.
Paso 2 — Completar formulario con datos del causante
Ingresa los datos del fallecido:
– Nombre completo y RUT.
– Fecha y lugar de fallecimiento.
– Estado civil al momento del fallecimiento.
– Último domicilio.
Paso 3 — Declarar bienes del causante
Debes listar todos los bienes del fallecido, no solo la propiedad que te interesa. Esto incluye:
- Propiedades (casa, departamento, terreno, estacionamiento).
- Vehículos.
- Cuentas bancarias y depósitos a plazo.
- Inversiones (acciones, fondos mutuos).
- Otros bienes de valor.
Importante: Omitir bienes es un error grave. Si más adelante aparece un bien no declarado, deberás hacer una posesión efectiva complementaria.
Paso 4 — Identificar a todos los herederos
Declara a cada uno de los herederos según el orden sucesorio que corresponda. El sistema te pedirá sus datos personales (nombre, RUT, parentesco con el fallecido).
Cuidado: No incluir a un heredero legítimo puede invalidar todo el trámite. Si tienes dudas sobre quiénes son los herederos, consulta con un abogado antes de enviar la solicitud.
Paso 5 — Enviar solicitud y esperar resolución
Una vez completado el formulario, envías la solicitud. El Registro Civil revisa la información y emite la resolución.
Plazo: no hay plazo legal fijo; depende de cada caso. Puedes consultar el estado de tu solicitud en registrocivil.cl o al 600 370 2000. Si el Registro Civil pide complementar antecedentes, la tramitación se suspende.
Paso 6 — Publicación del extracto
El Registro Civil publica un extracto de la resolución en un diario regional, los días 1 o 15 de cada mes (o el día hábil siguiente), y luego la inscribe en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas. Lo gestiona el propio Registro Civil; no necesitas hacer nada adicional.
Paso 7 — Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
Antes de inscribir, declara y paga (si corresponde) el impuesto a la herencia en el SII y obtén el certificado de impuesto a la herencia. Luego, con la resolución en mano, solicita la inscripción especial de herencia en el CBR correspondiente a la ubicación de la propiedad. Algunos conservadores, como el de Santiago, reciben la solicitud en línea además de la oficina; confirma la modalidad con el tuyo.
Qué suele pedir el Conservador (el de Santiago, por ejemplo, exige lo siguiente; confirma los requisitos del tuyo):
– Posesión efectiva y resolución (en Santiago, con no más de 60 días desde su emisión).
– Certificado de impuesto a la herencia del SII.
– Certificado de avalúo fiscal de cada inmueble del inventario.
– Certificado de que no hay contribuciones pendientes (Tesorería General de la República).
– Certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil, si el fallecido era casado o conviviente civil.
Plazo: en el CBR de Santiago, la respuesta tiene un máximo de 20 días hábiles, que puede extenderse si se requieren estudios o búsquedas adicionales.
Costo: en el CBR de Santiago, sin costo hasta 15 UTA; entre 15 y 45 UTA se rebaja un 50 % y sobre 45 UTA se paga el 100 % del derecho, según el avalúo fiscal (Ley 20.094). Consulta el arancel de tu Conservador.
Costos de la posesión efectiva 2026
| Concepto | Costo |
|---|---|
| Arancel Registro Civil (intestada online) | Gratuito hasta 15 UTA de bienes (referencia: $12.987.180 con la UTA de octubre de 2026). Entre 15 y 45 UTA: 1,6 UTM ($115.442 con la UTM de octubre de 2026). Sobre 45 UTA: 2,5 UTM ($180.378). Se paga en línea al finalizar la solicitud. |
| Certificados Registro Civil (nacimiento, defunción, matrimonio) | Gratuitos online |
| Certificados CBR (dominio, hipotecas) | Según el arancel de cada Conservador |
| Certificado avalúo fiscal (SII) | Gratuito online |
| Publicación del extracto en un diario regional | La realiza el Registro Civil |
| Inscripción especial de herencia en CBR | Según el avalúo fiscal: sin costo hasta 15 UTA en el CBR de Santiago |
| Abogado (solo si va por tribunal) | Según lo acordado con el abogado |
| Total intestada (Registro Civil) | Depende del tramo de la herencia: arancel (si corresponde) más certificados e inscripción en el CBR |
| Total testada (Tribunal) | Depende de los honorarios del abogado |
En resumen: el costo de una posesión efectiva intestada depende del valor de los bienes de la herencia: es gratis hasta 15 UTA y, sobre ese monto, se paga un arancel de 1,6 o 2,5 UTM. A eso se suman los certificados y la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
Plazos reales del trámite
| Etapa | Plazo |
|---|---|
| Trámite Registro Civil (online) | No hay plazo legal fijo; depende de cada caso. Consulta el estado en registrocivil.cl o al 600 370 2000 |
| Trámite Tribunal (testada) | Depende del tribunal |
| Publicación del extracto en un diario regional | Días 1 o 15 de cada mes (o el día hábil siguiente) |
| Inscripción CBR | Hasta 20 días hábiles en el CBR de Santiago (puede extenderse) |
Después de la posesión efectiva: ¿Qué sigue?
Inscripción especial de herencia en CBR
Este paso es el que formalmente transfiere el dominio de la propiedad a los herederos. Sin esta inscripción, la posesión efectiva sola no te permite vender ni transferir.
Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces donde está inscrita la propiedad, después de declarar y pagar (si corresponde) el impuesto a la herencia en el SII, como se explica más abajo.
Pago del impuesto a la herencia
El impuesto a la herencia (Ley 16.271) debe pagarse dentro de los 2 años siguientes al fallecimiento. Está exenta la parte de la asignación de cada heredero que no supere las 50 UTA (unos $43,3 millones con la UTA de octubre de 2026), cuando es cónyuge, conviviente civil, hijo, ascendiente o descendiente del fallecido. Sobre ese monto se aplica una escala progresiva que parte en 1 % (primer tramo, hasta 80 UTA) y sube hasta 25 %. El cálculo usa la UTA vigente al fallecimiento.
→ Revisa los tramos y cálculo en nuestra guía Herencia de propiedades en Chile: guía completa.
Vender, arrendar o particionar la propiedad
Una vez inscrita la herencia, los herederos pueden:
- Vender: Requiere acuerdo unánime de todos los herederos. REMAX First te ayuda en ventas sucesorias.
- Arrendar: Los ingresos se distribuyen en proporción a los derechos de cada heredero.
- Particionar: Dividir los bienes entre herederos, ya sea de común acuerdo (ante notario) o por vía judicial.
Errores frecuentes al tramitar posesión efectiva
1. No incluir a todos los herederos.
Si olvidas a un heredero legítimo (un hijo no reconocido, un hermano que no sabías que existía), la posesión efectiva puede ser impugnada. Asegúrate de conocer a todos los herederos antes de iniciar.
2. No declarar todos los bienes del causante.
La tentación de omitir bienes para reducir el impuesto a la herencia es un error costoso. El SII puede detectar inconsistencias y aplicar multas e intereses.
3. No inscribir la herencia en el Conservador de Bienes Raíces.
La posesión efectiva sin inscripción en el CBR no te permite hacer nada con la propiedad. Muchas personas tramitan la posesión efectiva y se olvidan de este paso crucial.
4. Dejarlo para «después».
Cada año que pasa sin tramitar la posesión efectiva aumenta la complejidad. Documentos que se pierden, herederos que fallecen (generando nuevas sucesiones encadenadas), cambios en las leyes, o simple pérdida de información. Por eso conviene no postergarlo.
5. Iniciar el trámite sin asesoría cuando hay conflictos.
Si hay desacuerdos entre herederos, iniciar el trámite sin orientación legal puede generar problemas mayores. Un abogado puede mediar y estructurar la solicitud de forma que proteja los derechos de todos.
REMAX First te acompaña en el proceso
Si heredaste una propiedad y estás evaluando qué hacer con ella, podemos ayudarte en cada etapa:
Orientación legal: Nuestros abogados de planta te asesoran sobre el proceso de posesión efectiva y los pasos posteriores. Sin costo adicional como parte de nuestro servicio de corretaje.
Conversa con un agente sobre la venta: Si estás evaluando vender, un agente de REMAX First te explica cómo vendemos tu propiedad. El precio de publicación se define con datos reales del mercado (Propiteq) como parte del servicio de corretaje.
Experiencia en ventas sucesorias: Hemos gestionado ventas con múltiples herederos, coordinando firmas, plazos y acuerdos. Sabemos que cada familia es diferente y actuamos con la sensibilidad que la situación requiere.
500+ reseñas en Google, 4,9 estrellas. Cientos de familias confían en nosotros.
→ También puedes revisar nuestra guía Cómo regularizar una propiedad en Chile para más información sobre temas de regularización.
¿Ya tienes la posesión efectiva y piensas vender o arrendar?
Cuéntanos por WhatsApp en qué etapa está el trámite y qué quieren hacer los herederos con la propiedad. Te orientamos sobre los pasos para venderla o arrendarla.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se demora la posesión efectiva online?
La ley no fija un plazo para que el Registro Civil resuelva, por lo que la duración varía en cada caso. Se alarga si el Registro Civil pide completar antecedentes, porque esa petición suspende la tramitación. Una vez concedida, se publica un extracto de la resolución y esta se inscribe en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas. Presentar desde el inicio a todos los herederos y todos los bienes ayuda a evitar demoras.
¿Cuánto cuesta la posesión efectiva en el Registro Civil?
Sin testamento, el costo depende del valor total de los bienes del fallecido. Si no superan las 15 UTA (unos $13 millones con la UTA de octubre de 2026), el trámite es gratuito. Entre 15 y 45 UTA se pagan 1,6 UTM, y sobre 45 UTA, 2,5 UTM. En los tramos con arancel, el pago se hace en línea al terminar la solicitud.
¿Cuánto cobra un abogado por hacer una posesión efectiva?
La ley no fija los honorarios: cada abogado los acuerda con su cliente, así que conviene pedir más de un presupuesto por escrito. En una herencia sin testamento el abogado no es obligatorio, porque la solicitud se presenta directamente en el Registro Civil. Sí se necesita abogado cuando hay testamento o cuando el último domicilio del fallecido estaba en el extranjero, porque esos casos se tramitan ante un tribunal.
¿Cómo saber si ya está lista la posesión efectiva?
Puedes revisar el estado de la solicitud en el sitio web del Registro Civil o llamando al 600 370 2000. La posesión efectiva queda lista cuando la resolución se inscribe en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas. Desde ese momento, los herederos, sus representantes legales o sus mandatarios pueden pedir el certificado de posesión efectiva con el RUN del fallecido, en línea o en una oficina del Registro Civil. Según ChileAtiende, cuesta $1.250.
¿Qué viene después de la posesión efectiva?
Con el certificado de posesión efectiva en la mano, corresponde declarar el impuesto a la herencia en el SII y obtener el certificado de exención o pago. Luego, cada propiedad se inscribe a nombre de los herederos en el Conservador de Bienes Raíces donde está registrada. Recién con esas inscripciones los herederos pueden vender o hipotecar la propiedad, siempre de común acuerdo.
¿Qué documentos piden para la posesión efectiva sin testamento?
Si haces el trámite en línea, necesitas tu ClaveÚnica y los datos de los herederos y del inventario de bienes. En una oficina, piden tu cédula de identidad y el formulario de solicitud. Solo en casos especiales se exigen documentos adicionales, por ejemplo, partidas de nacimiento o matrimonio no inscritas en Chile, un mandato notarial si te representa otra persona o una escritura de cesión de derechos hereditarios.
Conclusión
Tramitar la posesión efectiva es el primer paso concreto después de perder a un familiar. Puede parecer abrumador, pero el proceso en Chile — especialmente para herencias sin testamento — es más accesible de lo que muchos creen: en una herencia intestada se hace online, sin abogado, y es gratuito si los bienes no superan las 15 UTA.
Lo más importante: no lo postergues. Mientras más pronto lo hagas, más opciones tendrás para decidir qué hacer con la propiedad heredada, ya sea venderla, arrendarla o conservarla.
¿Necesitas orientación para vender una propiedad heredada? Conversemos. En REMAX First, nuestros abogados de planta y equipo de corretaje te acompañan en todo el proceso, con la experiencia y sensibilidad que tu situación merece.
Fuentes y referencias oficiales
- Código Civil de Chile (BCN) — Art. 688 sobre inscripción de herencia y Libro III sobre sucesión.
- Ley 19.903 — Procedimiento de posesión efectiva (BCN) — Tramitación administrativa ante Registro Civil.
- Ley 16.271 — Impuesto a las Herencias y Donaciones (BCN) — Tramos y plazos.
- Registro Civil — Posesión Efectiva — Trámite online intestada.
- SII — Valor UTM y UTA 2026 — Valores mensuales vigentes.
- ChileAtiende — Posesión efectiva de herencias intestadas — Costos por tramo y documentos.
- ChileAtiende — Inscripción de posesión efectiva (CBR de Santiago) — Documentos, costo y plazo.
- SII — Exenciones del impuesto a las herencias — Exención de 50 UTA.
Aranceles del Registro Civil, publicación del extracto, impuesto a la herencia y requisitos de inscripción del CBR de Santiago verificados al 28 de octubre de 2026 en la BCN, ChileAtiende y el SII.
Esta información es orientativa y no reemplaza asesoría legal profesional. Consulta con un abogado para tu caso específico.
¿Quieres vender tu propiedad al mejor precio?
Conversa con un agente de REMAX First y conoce cómo vendemos tu propiedad, con datos reales del mercado.
Conversar con un agente →500+ reseñas Google | 4.9 ★ estrellas

