Cuando se hereda una propiedad o cualquier bien en Chile, además de los trámites de la sucesión hay un impuesto que muchos descubren tarde: el impuesto a la herencia. La sorpresa más común es asumir que se calcula sobre el total de la herencia, cuando en realidad se calcula sobre lo que recibe cada heredero por separado, y con una exención que deja exenta a buena parte de las herencias modestas.
Esta guía explica cómo funciona el impuesto a la herencia en Chile en 2026: los tramos del 1% al 25%, la exención general, los recargos por parentesco, el plazo para pagar y los casos especiales. No reemplaza la asesoría de un abogado o contador, pero te da el mapa para entender tu situación. Si todavía no tienes claro el proceso completo de sucesión, parte por nuestra guía de herencia de propiedades en Chile.
Qué grava el impuesto a la herencia
El impuesto está regulado por la Ley N°16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones y lo administra el Servicio de Impuestos Internos (SII). Grava la transferencia gratuita de bienes que ocurre cuando una persona fallece y sus herederos reciben una asignación.
El punto central, y el que más se malentiende: el impuesto no se calcula sobre la masa hereditaria total, sino sobre la asignación individual que recibe cada heredero. Si una herencia se reparte entre varios herederos, cada uno calcula su propio impuesto sobre su porción, con su propia exención. Por eso una misma herencia puede generar poco o nada de impuesto si se reparte entre muchos, y más si se concentra en uno.
La exención: las primeras 600 UTM están exentas
Cada asignación está exenta del impuesto en sus primeras 600 UTM. A un valor de UTM cercano a los $68.000 (referencial 2026), eso equivale aproximadamente a $40 millones exentos por heredero. Solo lo que excede esas 600 UTM entra a la escala progresiva.
Además, hay exenciones reforzadas según el vínculo:
- El cónyuge o conviviente civil sobreviviente tiene una exención adicional de hasta 900 UTM sobre su porción, lo que eleva su tramo exento total.
- Los asignatarios con parentesco colateral de segundo, tercer o cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos) tienen una exención de hasta 5 UTA sobre lo que reciben.
Por eso muchas herencias entre padres e hijos de patrimonio medio terminan pagando poco o nada de impuesto: la exención por heredero absorbe buena parte de la asignación.
Los tramos: del 1% al 25%
Sobre el monto imponible (lo que excede la parte exenta) se aplica una escala progresiva del 1% al 25%. El tramo más bajo paga 1% y la tasa va subiendo por tramos hasta llegar al 25% en las asignaciones imponibles que superan las 14.400 UTM. A mayor asignación individual, mayor la tasa marginal que se aplica sobre el exceso, igual que funciona el impuesto a la renta.
La idea clave para estimar tu caso: una asignación apenas sobre la exención paga tasas muy bajas (1%-2,5%), mientras que asignaciones muy grandes se acercan al 25% en su tramo superior. Los valores exactos de cada tramo se publican en UTM en la Ley 16.271 y en el SII, por lo que conviene confirmarlos al momento del cálculo.
Recargos por parentesco lejano
El vínculo con la persona fallecida no solo afecta las exenciones: también puede aumentar el impuesto mediante un recargo sobre la tasa que resulte de la escala (Artículo 2° de la Ley 16.271):
| Parentesco con el causante | Recargo sobre el impuesto |
|---|---|
| Línea recta (hijos, padres) y cónyuge/conviviente civil | Sin recargo |
| Colateral 2°, 3° y 4° grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos) | +20% |
| Parentesco más lejano o sin parentesco | +40% |
Esto significa que heredar de un hermano, un tío o una persona sin parentesco resulta bastante más caro que heredar de un padre o del cónyuge, aun con la misma asignación. Es un factor importante al planificar una sucesión.
Plazo para declarar y pagar: 2 años
La declaración y pago del impuesto debe hacerse dentro de los 2 años contados desde que la asignación se defiere (en la gran mayoría de los casos, la fecha del fallecimiento). Por ejemplo, si la persona falleció el 1 de marzo de 2024 y la asignación se defirió ese día, el impuesto debe declararse y pagarse antes del 1 de marzo de 2026. Pasado el plazo se generan reajustes, intereses y multas.
Recuerda que el impuesto a la herencia es un paso dentro de un proceso mayor: primero se tramita la posesión efectiva, y sin pagar este impuesto (o acreditar su exención) no podrás disponer libremente de los bienes heredados, como vender una propiedad.
Novedad: evita la doble tributación entre cónyuges
Una reforma reciente incorporó a la Ley 16.271 un mecanismo para evitar la doble tributación en la sucesión de cónyuges. Si fallece un cónyuge o conviviente civil y se paga el impuesto a la herencia, y luego el sobreviviente fallece dentro de los 5 años siguientes, no se vuelve a pagar el impuesto sobre la parte de la masa hereditaria que ya tributó. Es un alivio relevante para familias que enfrentan dos fallecimientos cercanos en el tiempo.
Qué hacer con una propiedad heredada
Si entre los bienes hay un inmueble, las opciones habituales son venderlo, mantenerlo en copropiedad o arrendarlo. Cuando hay varios herederos, vender requiere acuerdo de todos, y el reparto de lo obtenido es proporcional a los derechos de cada uno (revisa cómo se reparte una herencia).
Vender una propiedad heredada tiene además consideraciones tributarias propias (como el impuesto a la ganancia de capital), por lo que conviene asesorarse antes de poner el inmueble en el mercado.
Cómo REMAX First ayuda en herencias con propiedades
Las ventas sucesorias son de las operaciones más delicadas del mercado, porque combinan emociones, plazos legales y varios titulares:
- Abogados de planta con experiencia en sucesiones, para orientarte en el proceso completo.
- Tasación profesional de la propiedad heredada, útil tanto para el cálculo del impuesto como para fijar precio de venta.
- Gestión de ventas con múltiples herederos, coordinando acuerdos y firmas.
- Respaldados por 500+ reseñas en Google con 4,9 estrellas.
Si heredaste una propiedad y no sabes por dónde partir, conversemos: ordenar el proceso temprano evita pagar de más y perder tiempo.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto a la herencia
¿El impuesto a la herencia se calcula sobre el total o sobre lo que recibe cada heredero?
Sobre la asignación individual de cada heredero, no sobre la masa total. Cada heredero aplica su propia exención y su propia escala sobre lo que recibe. Por eso una herencia repartida entre varios suele pagar menos que una concentrada en uno solo.
¿Cuánto está exento del impuesto a la herencia en Chile?
Cada asignación tiene exentas sus primeras 600 UTM (alrededor de $40 millones, según el valor UTM vigente). El cónyuge o conviviente civil tiene una exención adicional de hasta 900 UTM, y los colaterales de 2° a 4° grado, hasta 5 UTA.
¿Cuáles son las tasas del impuesto a la herencia?
Es una escala progresiva del 1% al 25% sobre lo que excede la parte exenta, según el tamaño de la asignación expresada en UTM. A mayor asignación individual, mayor la tasa marginal del tramo superior.
¿Pago más si heredo de un hermano o un tío?
Sí. Sobre el impuesto resultante se aplica un recargo del 20% si el parentesco es colateral de 2° a 4° grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos) y del 40% si el parentesco es más lejano o no existe. La línea recta y el cónyuge no tienen recargo.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto a la herencia?
Dentro de 2 años contados desde el fallecimiento. Pasado ese plazo se aplican reajustes, intereses y multas. Sin pagar este impuesto (o acreditar la exención) no puedes disponer libremente de los bienes, como vender una propiedad heredada.
¿Qué pasa si mi cónyuge y yo fallecemos con poca diferencia de tiempo?
La ley incorporó un mecanismo para evitar la doble tributación: si tras pagar el impuesto por el primer cónyuge, el sobreviviente fallece dentro de los 5 años siguientes, no se vuelve a pagar impuesto sobre la parte de la herencia que ya tributó.
Esta información es orientativa y no reemplaza asesoría legal o tributaria profesional. Los tramos, valores de UTM/UTA y exenciones vigentes deben confirmarse en el SII y la Ley 16.271. Consulta tu caso con un abogado o contador.
¿Quieres vender tu propiedad al mejor precio?
Solicita una tasación gratuita y descubre cuánto vale tu propiedad con datos reales del mercado.
Solicitar tasación gratuita →500+ reseñas Google | 4.9 ★ estrellas

